Nuevas reglas regirán para aquellos productores internacionales que busquen desarrollar sus proyectos audiovisuales en el Perú.
Así lo dispone el Decreto Supremo N° 007-2021-IN, publicado el pasado 23 de julio de 2021 en el Diario El Peruano y, que crea la calidad migratoria “Producción Artística” y modifica a la calidad migratoria “Periodismo”.
Así, la calidad migratoria Producción Artística, en sus variantes de “Temporal” (por hasta 183 días) y “Residente” (por 356 prorrogables), permitirá el ingreso y permanencia de los extranjeros que realizan trabajos artísticos o técnicos en actividades vinculadas a la industria cultural o artística, incluyendo la producción cinematográfica y audiovisual.
Asimismo, se aclara que estos trabajadores podrán tener múltiples ingresos, pero no realizar actividades remuneradas o lucrativas por cuenta propia en el país ni percibir ingresos de fuente peruana.
En paralelo, se modifica la calidad migratoria “Periodismo”, que en su descripción incluye que será otorgada a personal extranjero que trabaje en actividades de grabación fílmica o fotográfica en el Perú, para un medio de comunicación o una productora cinematográfica o audiovisual extranjera.
La promulgación del Decreto Supremo es una gestión intersectorial del Ministerio del Interior y el Ministerio de Relaciones Exteriores, en coordinación con el MINCETUR.
Asimismo, en su rol de promotor del país sudamericano, PROMPERÚ viene realizando diversas gestiones de articulación que buscan brindar facilidades a las producciones audiovisuales nacionales y extranjeras en su interés de filmar a nivel local.
Según ha indicado el organismo gubernamental, este documento “contribuirá no solo en brindar condiciones favorables al mercado internacional de las Industrias Culturales y la imagen positiva del país, sino también en el monitoreo general de la llegada de ciudadanos extranjeros para dicha finalidad, cuyas cifras serán de utilidad para el desarrollo e implementación de estrategias transversales del Estado Peruano”.
Las visas ya están siendo expedidas y utilizadas.
Puede leer el decreto completo aquí.